lunes, 6 de enero de 2014

Procedimientos Normalizados de Trabajo en la Declaración Responsable.

A la hora de realizar la declaración responsable del inicio de actividad de fabricación e importación de productos cosméticos ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), la empresa importadora o fabricante de los cosméticos debe declarar que dispone de procedimientos normalizados de trabajo (PNT) suficientes para garantizar la seguridad y adecuación de los cosméticos importados o fabricados.

Una vez efectuada esta declaración, la empresa debe tener estos PNT correctamente implantados en su empresa para realizar, entre otras, las actividades de importación, homologación de proveedores y productos, trazabilidad, vigilancia y retirada de productos en mercado y control de calidad.

Estos procedimientos de trabajo deben estar aprobados y validados de la empresa previemante a su aplicación y deberán estar a disposición de las autoridades sanitarias para su revisión.

Es estos PNT´s se establecen las instrucciones para realizara de forma correcta la importación y fabricación de cosméticos, serán específicos para cada empresa y deberán reflejar fielmente la operativa real de la empresa. 

En cada procedimiento se establecerán los registros necesarios para el correcto desempeño de la actividad de importación o fabricación de cosméticos que deberán cumplimentarse desde el inicio de la actividad.

Una vez presentada la declaración responsable la AEMPS requerirá los procedimientos normalizados de trabajo que la empresa a declarado disponer al inicio de la actividad.

Puede encontrar más información en ASECONSA.

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